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LOS AUTORES ESTÁN EXENTOS DEL IVA

Publicado: Lun Mar 03, 2014 1:32 pm
por Eredine

He abierto esta publicación para dar a conocer esta información tan relevante para aquellos de nosotros que profundizamos en el mundo literario a nivel profesional. Además, este artículo tiene la intención de ser una corrección y/o modificación del apartado [b]A.2.3. Agencia tributaria [/b]cuando os explicaba los documentos a presentar como el IVA trimestral y el anual. De este modo, quiero dejar claro que los autores estamos exentos de declarar el IVA entendiéndose como contraprestración y que consiste en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogo de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores. Se considera autor a la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica y por este tipo de obras se deben entender como científicas, literarias o artísticas. (Fuente: jpbasesores.com)


 


De tal modo y resumiendo, los autores no estamos obligados a presentar el modelo 303 y 390 del iva trimistral y anual respectivamente.


 


Por otra parte, sí debemos generar facturas a las editoriales especificando la retención del 21% correspondiente al IRPF, y en el concepto de derechos de autores especificaremos: "exento de IVA", tal y como lo solicita la Agencia Tributaria.


 


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